19 de octubre de 2011

El Supremo ordena «desmantelar» Puntas de Calnegre

El Alto Tribunal dictamina que el poblado pesquero invade el dominio público marítimo-terrestre, por lo que desestima el recurso presentado por los vecinos y por el Ayuntamiento de Lorca

19.10.11 - 11:44 - EFE | MURCIA |/ La Verdad

El Tribunal Supremo (TS) ha dado la razón Ministerio de Medio Ambiente, Rural y Marino al considerar en una sentencia dictada el 14 de septiembre y que se ha conocido hoy que el poblado pesquero de Puntas de Calnegre invade el dominio público marítimo-terrestre y que debe ser desmantelado, por lo que desestima el recurso presentado por los vecinos y por el Ayuntamiento de Lorca.
En octubre de 2008 la Sala Tercera del TS admitió a trámite el recurso de casación interpuesto por la asociación de vecinos del poblado de Calnegre y el Ayuntamiento de Lorca contra una sentencia de la Audiencia Nacional en la que ya se exigía que se diera cumplimiento a la orden ministerial que exige la demolición de las casas del poblado por invadir el dominio público marítimo-terrestre.
El origen del problema se remonta a un deslinde aprobado por orden ministerial en 1977, ratificado en 2005 y recurrido sin éxito por los vecinos y el Ayuntamiento en varias instancias judiciales y ahora en el Supremo con el mismo resultado.
La Orden del Ministerio de Medio Ambiente de 11 de agosto de 2005 resuelve prestar conformidad a los planos de enero de 2004 en los que se refleja la cartografía actualizada de los deslindes de los bienes de dominio público marítimo terrestre de unos 1.157 metros, que comprende el poblado de Puntas de Calnegre hasta el límite con el término municipal de Mazarrón
El Ayuntamiento ha informado hoy de que recibió la notificación de la sentencia que desestima sus pretensiones de mantenimiento del poblado el pasado viernes y ha anunciado que presentará un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.
El poblado de Puntas de Calnegre, surgido hace más de cien años de un antiguo núcleo pesquero, tiene 48 viviendas que se encuentran a pocos metros de la costa y que ocupan áreas públicas de protección según la Ley de Costas, lo que obligaría a la expropiación y derribo de las casas.

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